Editor de Guías con IA
Asignatura
Estructuras Administrativas
Código
10602
Créditos
6 ECTS
Curso
2º
Departamento
URBANISMO
Guía Original
Contenido
1. POSICIÓN JURÍDICA DE LA ADMINISTRACIÓN
1.1 Tema 1. Evolución histórica de la organización administrativa en España hasta los Borbones. Las transformaciones del siglo XIX. Las novedades del siglo XX.
1.2 Tema 2. La Administración Pública. Actividad administrativa y actividad política. El Derecho Administrativo. El régimen administrativo: Sistemas; rasgos fundamentales del español. La consideración no jurídica de la Administración: La Ciencia de la Administración.
1.3 Tema 3. Los sujetos en el Derecho Administrativo: Concepto y clasificación. El Estado y la Administración: Doctrinas acerca de la personalidad jurídica de esta última; régimen en nuestro Derecho positivo. Otras personas jurídicas públicas: Sus relaciones con el Estado.
1.4 Tema 4. Las potestades administrativas. El principio de legalidad y sus manifestaciones. La actividad administrativa discrecional y sus límites. Control de la discrecionalidad: en especial, la desviación de poder. Los conceptos jurídicos indeterminados.
2. DERECHO DE LA ORGANIZACIÓN: La Admnistración Territorial española
2.1 Tema 5. Organización administrativa. Principios de la organización administrativa. El órgano administrativo. Concepto y naturaleza. Clases de órganos; referencia especial a los órganos colegiados. La competencia: naturaleza, clases y criterios de delimitación. Las relaciones interorgánicas: coordinación y jerarquía. Desconcentración y delegación de competencias. Delegación de firma. La avocación.
2.2 Tema 6. Los principios de articulación territorial. Unidad Nacional. Autonomía territorial. Solidaridad
2.3 Tema 7. La organización administrativa central de España. El Consejo de Ministros: Consideración administrativa y atribuciones. Las Comisiones Delegadas del Gobierno. Departamentos ministeriales. Ministros sin cartera. El Presidente y los Vicepresidentes del Gobierno: Carácter. Atribuciones generales de los Ministros, órganos superiores y demás altos cargos de la Administración. Conflictos de atribuciones entre órganos del mismo o de distinto Departamento.
2.4 Tema 8. El Consejo de Estado: Precedentes. Regulación actual, composición y atribuciones.
2.5 Tema 9. La Administración periférica del Estado. Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla. Subdelegados del Gobierno en las provincias. Comisiones Provinciales. Servicios integrados y no integrados.
2.6 Tema 10. La Administración exterior. Misiones diplomáticas. Representaciones o Misiones permanentes. Delegaciones permanentes. Oficinas consulares. Otras estructuras organizativas.
2.7 Tema 11. La Ley de Gobierno Valenciano (I): el Presidente de la Generalitat Valenciana. Elección y estatuto personal. Atribuciones. El Consell. Composición, atribuciones y funciones. En especial la potestad reglamentaria. Relaciones entre el Consell y las Cortes Valencianas
2.8 Tema 12. La Ley de Gobierno Valenciano (II): la Administración de la Generalitat Valenciana. Organización, competencia y estructura. Organización territorial de las Consellerias. Responsabilidad de los miembros del Consell y de la administración Pública de la Generalitat Valenciana
2.9 Tema 13. El síndico de Agravios. La Sindicatura de Cuentas. El Consejo Jurídico Consultivo. El Consejo Valenciano de Cultura. La Academia Valenciana de la Lengua. El comité económico y Social
2.10 Tema 14. El ordenamiento jurídico en materia de administración local. Clases de entidades locales. El municipio: Elementos. Referencia general de sus competencias. Autoridades y organismos municipales.
2.11 Tema 15. Organización y administración de las provincias. Autoridades y organismos provinciales. La Administración de las islas. Las comunidades autónomas uniprovinciales. Los territorios históricos de Navarra y la Comunidad Autónoma Vasca.
2.12 Tema 16. Régimen de funcionamiento de las Entidades locales. Impugnación de acuerdos y ejercicio de acciones. Regímenes especiales.
3. DERECHO DE LA ORGANIZACIÓN: La administración instrumental
3.1 Tema 17. La Administración institucional o no territorial. Organismos públicos: Organismos autónomos y Entidades públicas empresariales; las Agencias estatales; las Fundaciones del Sector Público. Su regulación general en nuestro Derecho positivo. Organismos públicos regulados por normas especiales. La huida al derecho privado y el control jurídico de la Administración institucional.
3.2 Tema 18. La Administración corporativa: Las corporaciones. Clases de corporaciones. Colaboración con la sociedad civil y los fenómenos de autoadministración. Los Colegios profesionales. Las Cámaras de comercio, industria y navegación. Las federaciones deportivas.
Contexto
Esta asignatura constituye la segunda aproximación el alumno de GAP al derecho administrativo que se inició con Derecho Administrativo y se completará en los años siguientes con Regímenes de Empleo Público y Gestión Jurídico Administrativa I y II. En la misma se estudiará la configuración y estructuración de la Administración Pública española así como su régimen jurídico. Todos estos conocimientos resultan esenciales tanto para poder acceder a puestos de empleo público como para relacionarse profesionalmente con la Administración.
Descripción
El objeto de la asignatura es el régimen jurídico de la estructura y la organización de las diferentes administraciones en España incluyendo una referencia a la administración corporativa y a la administración europea. Por ello la asignatura se estructura en dos grandes partes, una primera parte de carácter dogmático en la que se estudian los conceptos y principios fundamentales de la administración, su estructura organizativa y las relaciones interadministrativas y una segunda parte en la que se estudia el régimen jurídico de cada una de las administraciones, primero de las de base territorial y luego las instrumentales. La Agenda 2030 y los objetivos de desarrollo sostenible en relación con la asignatura La asignatura constituye "per se" uno de los objetivos incluidos en la Agenda 2030 sobre el Desarrollo Sostenible, se trata del objetivo número 16 "Paz, justicia e instituciones sólidas". Debe citarse textualmente lo siguiente: "Sin paz, estabilidad, derechos humanos y gobernabilidad efectiva basada en el Estado de derecho, no es posible alcanzar el desarrollo sostenible ... La violencia sexual, los delitos, la explotación y la tortura también son fenómenos generalizados donde existen conflictos o no hay Estado de derecho ... El fortalecimiento del Estado de derecho y la promoción de los derechos humanos es fundamental en este proceso" No cabe hablar de estado de derecho sin una administración sometida a principios fundamentales de legalidad, igualdad, pluralismo, etc. No cabe hablar de administración sometida a dichos principios sin una legislación de organización, procedimiento y régimen jurídico que incorpore defensas y garantías del ciudadano frente a la "potentior personae" que es la administración. Bajo este prisma está enfocado el contenido de la disciplina. Ahondar, desde la perspectiva de los aspectos de las organizaciones y estructuras administrativas supone trasladar a los discentes la visión de este objetivo de la agenda 2030 para que puedan comprobar que sin un funcionamiento de las instituciones basado en el desarrollo sostenible no puede existir el estado de derecho tal como se concibe hoy en día.
Evaluación
El contenido previsto es el de los conocimientos básicos de Derecho Administrativo en la parte de la Persona Jurídico Pública Administrativa que, no obstante exigir un conocimiento teórico importante, se empleará principalmente el método del caso con referencia a Sentencias y Dictámenes de Órganos Consultivos, así como mediante la elaboración de dictámenes (resolución de casos prácticos) y la combinación de examen tipo test y de exposición tradicional. Se pretende, la combinación del estudio con la aplicación práctica. La resolución teórico práctica, comprensiva, no memorística (examen de test) y la capacidad de exposición en combinación con la memoria en los dictámenes y examen teórico. De esta manera se pretende cumplir el objetivo de obtener las habilidades necesarias para poder ejercer las competencias que se prevé se exigirán a un graduado en Gestión y Administración Pública. La evaluación de la asignatura se realizará de la siguiente forma: 1) Se realizarán al menos dos actos de evaluación, preferentemente escritos compuestos por dos o tres bloques diferenciados: preguntas tipo test o multirrespuesta, preguntas abiertas (desarrollo) y, en su caso, supuesto práctico, que se evaluará como pregunta abierta. Estas pruebas que tendrán carácter eliminatorio de la materia que incluyan, tendrán un peso total sobre la evaluación final de la asignatura del 80%. (40% cada uno). En caso de exención de asistencia el peso será del 90% (45% cada uno) 2) En el 20% restante se evaluará la asistencia a clase, la participación activa, y las distintas actividades que se realicen como o esquemas de los temas que deberán efectuarse y subirse a poliformat y las prácticas de clase. En el supuesto de exención de asistencia a clase, este porcentaje de la nota se reducirá al 10% y evaluará exclusivamente las acividades, trabajos y prácticas a realizar fuera de las horas de clase. 3) Para superar la asignatura mediante la evaluación continua serán aplicables los siguientes mínimos a los actos de evaluación: deberá alcanzarse una nota mínima global de 4 en todos los actos de evaluación previstos y además, que la misma se haya obtenido sumando al menos un 30% del valor asignado a cada uno de los apartados de los que se compone la prueba (test/multirrespuesta, preguntas desarrollo y caso práctico). Para evitar el estudio parcial de cada parte de la asignatura, en las preguntas de desarrollo y en el caso práctico, la contestación con nota inferior a 1 (respuesta en blanco o completamente diferente de lo que se pregunta) se evaluará de manera negativa descontando al menos un tercio del valor máximo considerado a esa pregunta o cuestión del caso práctico. 4) Todo acto de evaluación que no alcance los mínimos exigidos deberá recuperarse a través de la evaluación complementaria en la que se respetará la nota de aquellos en que sí se haya alcanzado. 5) En el caso de que aún alcanzando a los mínimos exigidos para cada acto de evaluación no se llegara al 5 necesario para aprobar la evaluación continua, el alumno deberá presentarse a la evaluación complementaria en la que podrá elegir a qué prueba/s de las previstas se presenta para subir nota, respetándose el resto de las obtenidas previamente. Igualmente, aún habiendo aprobado la evaluación continua podrá presentarse al acto de evaluación complementaria para subir la nota global, pero en tal caso se entiende que renuncia a la calificación obtenida en la evaluación anterior que será sustituida por la que obtenga en la evaluación complementaria. 6) Para el caso de que no se supere el 4 en alumno de los dos actos de evaluación la nota final del alumno en la asignatura será la suma de las calificaciones obtenidas con un máximo de 4 tanto en ordinaria como en la recuperación.
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